29 de noviembre de 2024

MÉXICO DEFIENDE MAÍZ

(26-Agosto-2023)

Investigación Especial
Por Alberto González Káram

  • México defiende en Panel Arbitral del Capítulo 31 la solución de controversias y diferencias con motivo de la regulación mexicana del maíz genéticamente modificado
  • Demostrada y comprobada que la regulación mexicana es consistente con compromisos suscritos en T-MEC y las medidas impugnadas no tienen afectaciones comerciales.

México participa en la defensa para dirimir en el Panel Arbitral del Capítulo 31 del Tratado de Libre Comercio México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC) en la solución de controversias y diferencias con motivo de la regulación mexicana del maíz genéticamente modificado.

Los Estados Unidos considera que ciertas disposiciones mexicanas en materia de glifosato y maíz genéticamente modificado podrían ser incompatibles con los Capítulos 2 Acceso a Mercados y 9 Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.

México defiende en el panel internacional al demostrar y comprobar que la regulación mexicana es consistente con los compromisos suscritos en el T-MEC y que las medidas impugnadas no tienen afectaciones comerciales.

La defensa de México cuenta con el respaldo del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), a fin de obtener la decisión favorable para nuestro país en el transcurso de 2024.

Las autoridades federales competentes en materia de bioseguridad: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, Secretaría de Salud y Secretaría de Hacienda y Crédito Público en lo relativo a la importación de mercancías, han sido instruidas para que se abstengan de adquirir, utilizar, distribuir, promover e importar maíz genéticamente modificado, así como glifosato o agroquímicos que lo contengan como ingrediente activo, incluyéndose para cualquier uso, en el marco de programas públicos o de cualquier otra actividad del gobierno y establezcan las medidas de seguridad e impongan sanciones que correspondan.

La reciente regulación mexicana incluye el uso del glifosato, semillas y grano de maíz genéticamente modificado, así como de otros agroquímicos, granos o plantas.

Es importante destacar que distintas investigaciones científicas han alertado que el glifosato tiene efectos nocivos en la salud de los seres humanos, medio ambiente y diversidad biológica, siendo identificado como probable carcinogénico en humanos por la Agencia Internacional de Investigación de Cáncer.

La Balanza Agropecuaria en México registró un valor económico de exportaciones de 200 mil 016.06 millones de dólares y las importaciones -205 mil 716.39 millones de dólares, resultando un saldo deficitario por -5 mil 700.33 millones de dólares en el período comprendido del 1º. de enero de 1993 al 30 de noviembre del 2018.

En la actual administración federal se registró una Balanza Agropecuaria en México con un valor económico de las exportaciones de 91 mil 127.56 millones de dólares y las importaciones de -77 mil 915.01 millones de dólares, resultando un saldo superavitario de 13 mil 212.55 millones de dólares en el período comprendido del 1º. de diciembre del 2018 al 30 de junio del 2022.

Las importaciones de maíz ascienden a -57 mil 767.76 millones de dólares, de los cuales -37 mil 056.65 millones de dólares que representan 64.15 por ciento se llevaron a cabo del 1º. de enero de 1993 al 30 de noviembre del 2018 y -20 mil 711.11 millones de dólares que contribuyen con 35.85 por ciento del 1º. de diciembre del 2018 al 30 de junio del 2023, convirtiendo a Tamaulipas en la puerta más grande del mundo de importación de transgénicos.

El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología ha indicado la recomendación anual para la importación de glifosato, mismas que iniciaron en 2021 con 16 mil 526.18 toneladas de glifosato formulado y 1 mil 257.23 toneladas de glifosato técnico, en atención a las 33 solicitudes recibidas, siendo autorizadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios 7 mil 497.99 toneladas de glifosato formulado y 500.56 toneladas de glifosato técnico.

En 2022, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología emitió la recomendación anual de importaciones 8 mil 263.09 toneladas de glifosato formulado y 628.62 toneladas de glifosato técnico, equivalente a una reducción del cincuenta por ciento respecto a la recomendación emitida en 2021 y, se recibieron 18 solicitudes por 3 mil 953.78 toneladas de glifosato formulado, y 222.36 toneladas de glifosato técnico, mismas que fueron autorizadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología ha presentado públicamente distintas aplicaciones de probada efectividad y potencial para prescindir del glifosato y herbicidas a base de esa sustancia, consistentes en bioherbicidas y prácticas agroecológicas, aplicables a cualquier escala de producción y diversos cultivos, utilizando tecnologías novedosas y manufactura mexicana, como el desarrollo, a cargo de universidades públicas y empresas de cinco nuevos herbicidas agroecológicos y se han identificado siete bioherbicidas disponibles a nivel mundial.

Los programas federales de Producción para el Bienestar y Sembrando Vida han mostrado avances significativos en la transición agroecológica, así como en la difusión y escalamiento del uso de bioinsumos y alternativas agroecológicas con experiencias exitosas en todo el país para diversos cultivos.

Las autoridades federales en materia de bioseguridad, revocarán y se abstendrán de otorgar permisos de liberación al ambiente en territorio nacional de semillas de maíz genéticamente modificado y autorizaciones para su uso en la alimentación humana por vía de masa y tortilla, a fin de alcanzar la autosuficiencia alimentaria en México.

La revocación y abstención de otorgar permisos de liberación al ambiente en México de semillas de maíz genéticamente modificado; uso de grano de maíz genéticamente modificado para alimentación humana, y se promoverán en coordinación con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, las reformas de los ordenamientos jurídicos aplicables.

El maíz genéticamente modificado sin glifosato destinado al uso industrial, se prevé su sustitución paulatina hasta el 31 de enero de 2024, en congruencia con las políticas de autosuficiencia alimentaria del país.

Los grupos organizados de productores agrícolas, industria de agroquímicos, asociaciones de usuarios de agroquímicos y organizaciones de productores de bioinsumos e insumos agrícolas orgánicos participarán en el diseño, promoción o implementación de alternativas para la sustitución de maíz genéticamente modificado, así como glifosato o agroquímicos que lo contengan como ingrediente activo.

Las medidas de protección del derecho a la salud y medio ambiente sano se orientan principalmente a incrementar la producción del maíz nativo, de la milpa, de la riqueza biocultural, de las comunidades campesinas y del patrimonio gastronómico, así como garantizar la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad.

Las Comisiones Intersecretariales de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados y para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas y Sustancias Tóxicas, en el ámbito de sus competencias, deberán definir las políticas públicas que permitan establecer los mecanismos de trazabilidad del maíz genéticamente modificado y del glifosato.

México reconoce el derecho humano a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, a la protección de la salud y medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de las personas, y establece la responsabilidad del Estado de promover, respetar, proteger y garantizar estos derechos.

Las importaciones de maíz ascienden a -20 mil 711.11 millones de dólares y las exportaciones de maíz a tan solo 970.44 millones de dólares, resultando un cuantioso déficit comercial de maíz de -19 mil 740.67 millones de dólares del 1º. de diciembre del 2018 al 30 de junio del 2023.

Con fundamento Constitucional en el artículo 131, segundo párrafo, se confiere al Ejecutivo Federal la facultad extraordinaria para aumentar, disminuir o suprimir cuotas de tarifas de exportación e importación expedidas por el Congreso de la Unión, y para crear otras, así como para restringir y prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos, cuando lo estime urgente, con el fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional o de realizar cualquiera otro propósito, en beneficio del país.

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural considera que el maíz blanco es de suma importancia en la dieta de los mexicanos, con un consumo anual per cápita de 346 kg. y es el grano de mayor producción en México con 88.2 por ciento de participación en la producción nacional de granos.

México reconoce que la exención del arancel a la importación del maíz blanco harinero no ha generado un impacto significativo en la disminución de precios en el mercado nacional, por lo que se consideró pertinente eliminarla.

La oferta y producción de maíz blanco en México son factores importantes en la determinación de su precio, los diversos productos de consumo elaborados a base del mismo, principalmente la tortilla, por lo que, para impulsar el fortalecimiento de la producción nacional, el mercado interno y el encadenamiento productivo de dicho grano, así como asegurar condiciones de mercado que permitan estabilizar su precio, resulta pertinente modificar temporalmente el arancel aplicable a la importación del maíz.

En función de lo anterior, se modificó temporalmente la fracción arancelaria 1005.90.04 Maíz blanco harinero de 50 por ciento en el impuesto de importación y 50 por ciento en el impuesto de exportación con vigencia del 24 de junio al 31 de diciembre del 2023.

Las prospectivas de la Balanza Agropecuaria en México son de un valor económico acumulado de las exportaciones de 137 mil 037.03 millones de dólares y las importaciones de -116 mil 120.76 millones de dólares, resultando un saldo superavitario de 20 mil 916.27 millones de dólares a favor de México al cierre del 31 de diciembre del 2025.