19 de septiembre de 2024

SUSANA HARP GANA IMPUGNACIÓN ANTE TRIBUNAL FEDERAL ELECTORAL (MORENA-OAXACA)

Susana Harp impugnó en su momento, ante la Comisión de Honestidad y Justicia de morena, la designación de SALOMÓN JARA, como precandidato a la gubernatura de Oaxaca, después de un proceso interno cuestionado y lleno de irregularidades.

Ante dicha comisión, su inconformidad fue rechazada al confirmarse la selección de Salomón Jara, por lo que recurrió al Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, que del mismo modo declaró válida el sentido de la decisión de morena. Por ello, la Senadora Harp, interpuso un recurso legal para que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, revisara el caso.

Al tramitarse en sus términos ese recurso, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca resolver a fondo la impugnación de la senadora Susana Harp contra el proceso de selección de la candidatura de Morena a la gubernatura de dicho estado y, emitir una nueva sentencia atendiendo los lineamientos en relación a la perspectiva de género.

Para ello, La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, declaró fundados los agravios hechos valer por la senadora Susana Harp y revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, dictada en el juicio JDC/19/2022, que confirmó la decisión de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, en el expediente CNHJ-OAX-2381/2021, relacionada con la designación de Salomón Jara como precandidato a la gubernatura del estado de Oaxaca.

En una red social, la Senadora Susana Harp señaló: “La sala Superior del TEPJF, ha revocado la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca, que en su momento catalogó como improcedente mi impugnación por la designación de un hombre como candidato de Morena a la gubernatura de Oaxaca».

Con esta resolución, la Sala Superior del TEPJF obliga a Tribunal electoral de Oaxaca, resolver de fondo este asunto y emitir una nueva resolución con perspectiva de género, lo cual deberá realizar de inmediato, por estar en curso el proceso electoral.